Preguntas frecuentes de dirección reservas derechos


¿Qué es una reserva de derechos al uso exclusivo?

El artículo 173 de la Ley Federal del Derecho de Autor señala que es la facultad de usar y explotar en forma exclusiva títulos, nombres, denominaciones, características físicas y psicológicas distintivas, o características de operación originales aplicados, de acuerdo con su naturaleza.

¿Qué puede ser objeto de una reserva de derechos al uso exclusivo?

  1. Publicaciones periódicas: Editadas en partes sucesivas con variedad de contenido y que pretenden continuarse indefinidamente;

  2. Difusiones periódicas: Emitidas en partes sucesivas, con variedad de contenido y susceptibles de transmitirse;

  3. Personajes humanos de caracterización, o ficticios o simbólicos;

  4. Personas o grupos dedicados a actividades artísticas

  5. Promociones publicitarias: Contemplan un mecanismo novedoso y sin protección tendiente a promover y ofertar un bien o un servicio, con el incentivo adicional de brindar la posibilidad al público en general de obtener otro bien o servicio, en condiciones más favorables que en las que normalmente se encuentra en el comercio; se exceptúa el caso de los anuncios comerciales.

No son materia de reserva de derechos al uso exclusivo:

  1. Los títulos, los nombres, las denominaciones, las características físicas o psicológicas, o las características de operación que pretendan aplicarse a alguno de los géneros a que se refiere el artículo 173 la presente ley, cuando:

    1. Por su identidad o semejanza gramatical, fonética, visual o conceptual puedan inducir a error o confusión con una reserva de derechos previamente otorgada o en trámite.
      No obstante lo establecido en el párrafo anterior, se podrán obtener reservas de derechos iguales dentro del mismo género, cuando sean solicitadas por el mismo titular;

    2. Sean genéricos y pretendan utilizarse en forma aislada;

    3. Ostenten o presuman el patrocinio de una sociedad, organización o institución pública o privada, nacional o internacional, o de cualquier otra organización reconocida oficialmente, sin la correspondiente autorización expresa;

    4. Reproduzcan o imiten sin autorización, escudos, banderas, emblemas o signos de cualquier país, estado, municipio o división política equivalente;

    5. Incluyan el nombre, seudónimo o imagen de alguna persona determinada, sin consentimiento expreso del interesado, o

    6. Sean iguales o semejantes en grado de confusión con otro que el Instituto estime notoriamente conocido en México, salvo que el solicitante sea el titular del derecho notoriamente conocido;

  2. Los subtítulos;

  3. Las características gráficas;

  4. Las leyendas, tradiciones o sucedidos que hayan llegado a individualizarse o que sean generalmente conocidos bajo un nombre que les sea característico;

  5. Las letras o los números aislados;

  6. La traducción a otros idiomas, la variación ortográfica caprichosa o la construcción artificial de palabras no reservables;

  7. Los nombres de personas utilizados en forma aislada, excepto los que sean solicitados para la protección de nombres artísticos, denominaciones de grupos artísticos, personajes humanos de caracterización, o simbólicos o ficticios en cuyo caso se estará a lo dispuesto en el inciso e) de la fracción I de este artículo, y

  8. Los nombres o denominaciones de países, ciudades, poblaciones o de cualquier otra división territorial, política o geográfica, o sus gentilicios y derivaciones, utilizados en forma aislada.

Vigencia de las reservas de derechos al uso exclusivo:

La vigencia del certificado de la reserva de derechos otorgada a títulos de publicaciones o difusiones periódicas será de un año, contado a partir de la fecha de su expedición.

La vigencia del certificado de la reserva de derechos será de cinco años contados a partir de la fecha de su expedición cuando se otorgue a:

  1. Nombres y características físicas y psicológicas distintivas de personajes, tanto humanos de caracterización como ficticios o simbólicos;

  2. Nombres o denominaciones de personas o grupos dedicados a actividades artísticas;

  3. Denominaciones y características de operación originales de promociones publicitarias.

Obtención de la reserva de derechos al uso exclusivo

El solicitante deberá presentar los formatos de acuerdo al tipo de género que desea reservar, es decir para todos los casos el formato RD-01-02 adjunto del formato específico para los siguientes supuestos:
Publicaciones periódicas: RD-06 en el cual deberá de asentar de manera clara y tal como se pretende exhibir el título materia de reserva, tanto en la parte destinada para asentar dicho título, así como en el espacio destinado para la representación gráfica.
Personajes humanos y de caracterización: El formato RD-07, en el cual deberá asentar las características psicológicas, así como señalar de forma detallada y coincidente las características físicas que se observen en la imagen plasmada en el anverso del formato.
Promociones publicitarias: El formato RD-08 mediante el cual deberá estar descrito ampliamente el mecanismo materia de protección.
Dichas solicitudes deberán presentarse en los formatos vigentes, en original y por duplicado, acompañados del pago de derechos respectivo, copia de la identificación del o los solicitantes misma que debe contener la claridad y nitidez suficiente para poder ser identificado plenamente, así como en el caso que se autorice a algún representante legal deberá de adjunta carta poder en original, copia de identificación de quien confiere, y de quien acepta dicho poder.
En el caso de tratarse de personas jurídico colectivas, deberán de presentar en original el acta constitutiva y poder notarial de quien se ostente como representante legal y si su intención es que le sea devuelto los instrumentos presentados, deberán anexar el pago por cotejo correspondiente a efecto de que el Instituto pueda cotejar los instrumentos y a la emisión de su respuesta le serán devueltos los instrumentos originales.
Con el objeto de verificar anterioridades que pudieran ser un impedimento para el otorgamiento de la reserva de derechos, se podrá solicitar un dictamen previo.

Formatos y hojas de ayuda de la dirección de reservas de derechos


Obtención de dictamen previo

En caso de solicitar un dictamen previo, se deberá llenar el formato RD-01-02, según las indicaciones que en el mismo se detallan, señalando en el campo correspondiente como trámite solicitado "dictamen previo".

El resultado del dictamen previo sólo tiene carácter informativo, por lo que no confiere al solicitante derecho alguno, ni obliga al Indautor al otorgamiento de una reserva de derechos y no pone fin al procedimiento de obtención de la misma.

Dependiendo de la especie en la cual se solicite un título o denominación para dictamen previo, deberá acompañarse al formato RD-01-02 los siguientes anexos:

  1. Para títulos de publicaciones periódicas deberá acompañar el formato RD-06, con el título y su representación gráfica, debidamente requisitado con el nombre completo (sin abreviaturas), la firma del solicitante o su representante legal, lugar y fecha.

  2. Para personajes humanos de caracterización, ficticios o simbólicos, se deberá anexar el formato RD-07 con la fotografía o dibujo del personaje, y la descripción de sus características físicas y psicológicas, debidamente requisitado con el nombre completo (sin abreviaturas), la firma del solicitante o su representante legal, lugar y fecha.

  3. Para promociones publicitarias, se deberá anexar el formato RD-08, con el nombre de la promoción publicitaria, la descripción del mecanismo publicitario y la explicación de su originalidad, debidamente requisitado con el nombre completo (sin abreviaturas), la firma del solicitante o su representante legal, lugar y fecha.

  4. Asimismo, deberá anexarse comprobante original de pago de derechos y una fotocopia del mismo, el cual entrega la Institución Bancaria en la que se realiza el pago correspondiente con las hojas de ayuda respectivas, dicho pago asciende a la cantidad de $282.00 (doscientos ochenta y dos 00/100 M.N.), para los géneros de publicaciones y difusiones periódicas, así como para actividades artísticas y $455.00 (cuatrocientos cincuenta y cinco 00/100 M.N.), para personaje ficticio o simbólico y de caracterización humana, así como para promociones publicitarias.


  5. Formatos y hojas de ayuda de la dirección de reservas de derechos