¿Qué materiales deben llevar ISSN?
Revistas
Periódicos
Folletos no efímeros
Ediciones con lenguajes especiales para discapacitados (braille)
Medios mixtos
Publicaciones periódicas electrónicas en CD
Publicaciones periódicas difundidas a través de Internet
Publicaciones periódicas en multimedia cuyo componente principal sea el textual
Para obtener más información o determinar si a un material determinado se le puede asignar un ISSN comuníquese al Centro Nacional de ISSN México a través de su correo electrónico
jesus.sanchez@cultura.gob.mx
¿Qué materiales NO deben llevar ISSN?
Libros o impresos monográficos con más de cinco hojas.
Material impreso de carácter temporal, como materiales promocionales y similares.
Partituras.
Impresiones artísticas y carpetas sin portada ni texto.
Documentos personales (como un currículum vítae o un perfil personal en formato electrónico).
Tarjetas de felicitación, postales, láminas y carteles.
Grabaciones de sonidos musicales.
Tablones de anuncios electrónicos.
Juegos, pasatiempos (crucigramas, sopas de letras, etc.).
Almanaques, agendas y calendarios (en estos últimos casos es necesario valorar la predisposición de la obra).
Álbumes de cromos, de fotos, sellos, etc. (sin texto).
Anuarios telefónicos.
Catálogos de librerías y editoriales.
Estatutos de sociedades.
Folletos turísticos.
Folletos publicitarios y de carácter temporal: cancioneros, cinematográficos, deportivos, escolares, políticos, teatrales, propagandísticos, etc.
Guiones de cine, radio y televisión.
Libros para colorear, recortar y pegatinas.
Listas de precios.
Programas de estudios.
Programas de actos culturales, de fiesta, conmemorativos, cinematográficos, deportivos, de conciertos, teatrales, etc.
Programas informáticos.